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Ganan México y Grupo México primer panel laboral al gobierno de EEUU en caso Mina San Martín en Sombrerete, Zacatecas

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El panel laboral del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) resolvió a favor de México en el caso de la mina San Martín. 

México ganó el primer panel laboral al gobierno de Estados Unidos y con ello sienta un precedente para evitar que quejas laborales que se presenten en el marco del T-MEC sean retroactivas a la entrada en vigor del mismo, en 2021, tal y como ocurrió en este caso en donde se involucró a la mina San Martín, ubicada en Sombrerete, Zacatecas y cuyos argumentos venían de hace 17 años.

Los tres miembros del primer panel arbitral del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) determinaron que no tenían jurisdicción para pronunciarse sobre la denegación de derechos sindicales en dicha mina.

En un comunicado destacan que “en concordancia con la posición defendida por México, el panel trinacional concluyó que la denegación de derechos sindicalessólo puede ser imputada a hechos posteriores a la entrada en vigor del T-MEC y sujetos a la Reforma Laboral de 2019. Esto es, los hechos presentados por Estados Unidos no cumplían con estos criterios, según lo establecido por el panel”.

El documento destaca que este fallo  “sienta un precedente sobre la no retroactividad de los tratados comerciales. Para México es fundamental evitar la apertura de esta posibilidad tanto en disputas laborales como en otras de índole comercial”.

Mediante un comunicado, Grupo México reconoció a las autoridades del Gobierno de México por la exitosa defensa de la soberanía de nuestro país en este proceso.

“Desde el inicio de este caso, ha sido inquebrantable la confianza de nuestra, empresa en el sistema judicial mexicano y en la capacidad y determinación del Gobierno de México para hacer valer sus argumentos en este panel internacional”, señala Grupo México en un comunicado.

Los tres miembros del primer panel arbitral del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) determinaron que no tenían jurisdicción para pronunciarse sobre la denegación de derechos sindicales en dicha mina.

En un comunicado destacaron que “en concordancia con la posición defendida por México, el panel trinacional concluyó que la denegación de derechos sindicales sólo puede ser imputada a hechos posteriores a la entrada en vigor del T-MEC y sujetos a la Reforma Laboral de 2019.

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